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La reclamaciones colectivas por daños personales no entienden de fronteras. Así se lo han planteado los socios fundadores del bufete Oria, Peña, Pajares y Asociados qe han firmado varias alianzas estratégicas con despachos de tres continentes para ampliar secciones de responsabilidad civil frente a las empresas causantes de un perjuicio.
Entre los integrantes de la alianza, dos bufetes norteamericanos serían claves. Seeger Weiss de Nueva Cork y Reich ¬ Blastock de Texas. Las dos firmas aportaraán su experiencia en reclamaciones, muchas de ellas colectivas para que los despachos de la red tengan un modelo de demanda aplicable a casos locales en los que la empresa demandada y la causa sean la misma. "El perfil internacional de los potenciales responsables del daño contra los que dirigir acciones legales requiere de una estructura internacional eficaz" justifica Román Oria, uno de los socios de Oria, Peña, Pajares y Asociados
La red creada se completa a través de alianzas con despachos en Italia -Studio Legale Morena y Don pierluigi Morena-, Francia - Chemoulit Darazier-, Alemania, Rumania, China, Israel y Egipto. El despacho madrileño serña el encargado de coordinar las acciones de esta alianza a nivel europeo.
Además de realizar reclamaciones por daños en la salud, Oria asgura que "en Estados Unidos los despachos se estás centrando mucho en reclamacones a empresas por daños derivados de la mala práctica financiera ya que existe una mayor facilidad para aportar pruebas por ejemplo, de información privilegiada en movimientos bursátiles. Si el juez lo autoriza los abogados pueden acceder a la base de datos de la empresa o el agente de bolsa sospechoso", asegura.
Para la firma, los jueces deberian ser mas duros en sus sentencias sobre reparacion de daños. "Ademas de resarcir al afectado deberian penalizar a la empresa si se demuestra que ha actuado con mala practica porque la sentencia no disuade a la condanada o incluso a otras del sector de volver a a actuar del mismo modo", afirma Oria.
El bufete tambien actuara en reclamaciones entre empresa y proveedor. Por ejemplo "cuando el producto suministrado es defectuoso y eso provoca un impacto negativo en la cuenta de resultados del empresario", concluye.
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