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La verdad es que resulta incomprensible que haya estados norteamericanos como Mississippi o Virginia que estén dispuestos a llegar hasta donde sea para defender a sus ciudadanos por los daños sufridos e incluso para establecer un fondo que permita atender en los próximos años a aquellos pacientes en los que los efectos aún no han aparecido y que en España el Ministerio de Sanidad y Consumo siga sin reunirse siquiera con las pacientes afectadas por el Agreal cuando además aquí ya hay sentencia condenatoria. Y que ningún partido político mueva un dedo. ¿Somos de segunda o no? ¿Quizás si en vísperas electorales las ven en la calle entonces "reflexionen"? Pero si ése es el comportamiento de la Administración en un caso donde existe ya sentencia es fácil suponer que el Ministerio de Sanidad y Consumo ni siquiera se plantee interesarse por las acciones legales emprendidas por los estados norteamericanos. "Es una dejación si no lo hace -nos señala Román Oria- porque si el Estado se ha gastado miles de millones en Sanidad aunque tratando mal, insuficientemente, o dolosamente una patología determinada, y se demuestra que eso es así y que hay dolo del agente productor -sea civil o penal- está haciendo dejación si no reclama responsabilidades por esos dineros públicos; está haciendo dejación de sus derechos; claro que tal y como funciona nuestra Administración eso son goyerías".
Algunos datos pueden ayudarnos a entender la importancia económica de la olanzapina en el sistema sanitario español. En la Gaceta Sanitaria del 15 marzo 2006 se publicaba el artículo Luces y sombras de la prestación farmacéutica en España: a propósito de los antidepresivos y antipsicóticos de Lourdes Girona-Montañá, Juan Carlos Juárez-Giménez y María Pilar Lalueza-Brotoc. Y en él se remarcaba el aumento espectacular de la facturación en antipsicóticos entre 1997 y 2004: de 61,84 a 317,46 millones de euros. Y se señalaba directamente a la risperidona y la olanzapina como los principales causantes de ese incremento. En el caso de la olanzapina se pasó de 19,5 millones a 122,2 millones de euros, un 52% de aumento cuyo coste ha tenido que ser soportado en buena parte por el Sistema Público de Salud ya que se trata de un medicamento de prescripción obligatoria. De hecho, Zyprexa y Risperdal son los medicamentos más vendidos en nuestro país. ¡Dos antipsicóticos! ¿Tan mal estamos?
Claro que si a ello le unimos que en el 2003 el Servicio Andaluz de Salud (SAS) ya observó públicamente que el 40% de las recetas de antipsicóticos de última generación -denominados atípicos-, entre los que se encuentra la olanzapina se correspondía con usos que tampoco en nuestro país figuran entre los aprobados por el Ministerio de Sanidad es evidente que miles de españoles han podido desarrollar síntomas prediabéticos, aumento de peso u otros problemas por haber sido tratados con un antipsicótico cuando no era su caso. Y encima con insuficiente información sobre sus efectos adversos.
Si algo nos enseña la tan denostada a veces globalización es que un medicamento es el mismo allí que aquí y que sus efectos adversos son los mismos allí que aquí... Y, sin embargo, nuestros derechos como consumidores no son, ni de lejos, los mismos allí que aquí. "La Ley de Consumidores y Usuarios -nos resumiría Román Oria- debe reformarse de manera que cualquier persona pueda reclamar por daños. No solamente una asociación de consumidores sino todo aquel que sufre un daño efectivo. Y que los efectos de esa sentencia sean extensibles a otros ciudadanos en situación semejante. ¿Por qué no se hace ese cambio legislativo? Habrá que preguntárselo a los políticos e interrogarles sobre los grupos de presión. La explicación para que el sistema de legitimación esté restringido, para que no exista un sistema de class action en España, no hay que buscarla en términos jurídicos. Hay que buscarla en las presiones de las empresas farmacéuticas y de las entidades financieras y bancarias, de las aseguradoras y de los diversos grupos económicos que durante tantísimo tiempo se han aprovechado en nuestro país, por ejemplo, de unos baremos escandalosos de valoración de la vida humana hasta que la legislación comunitaria ha obligado a Administración y tribunales a modificarlos".
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