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Pajares y Asociados Abogados
Artículo del despacho
¡Por fin hay una SEGUNDA OPORTUNIDAD

La llamada Ley de la Segunda Oportunidad (Ley 25/2015, de 28 de julio) regula un procedimiento de gran utilidad para empresarios y particulares que no pueden hacer frente a sus deudas. Si se cumplen unos requisitos, y se sigue el procedimiento regulado en esta Ley, podrán solicitar la exoneración de sus deudas, quedando así liberados de sus obligaciones anteriores.

Hasta la entrada en vigor de esta Ley, los empresarios que garantizaban deudas de un negocio que fracasaba quedaban endeudados de por vida: tendrían que hacer frente a las deudas generadas y no satisfechas con todo su patrimonio presente y ¡futuro!.

 

Con esta nueva normativa, el panorama cambia radicalmente.

 

Ahora podrán someterse a un procedimiento extrajudicial de pagos para intentar alcanzar un convenio de pago con sus acreedores proponiéndoles una quita y/o espera.

Y de no conseguirse, se someterá a un procedimiento judicial denominado “concurso consecutivo, en el que tras saldar las deudas sólo en la medida en que pueda con el patrimonio que conserve en ese momento, podrá exonerar el resto (siempre que se demuestre la buena fe y cancele los créditos contra la masa y privilegiados).

Para que una persona natural pueda solicitar esta segunda oportunidad, se requerirán, en síntesis que: a) no pueda atender sus obligaciones; b) el total de las mismas no superen los cinco millones de euros; c) no haya sido condenado por ciertos tipos de delito; y d) dentro de los últimos cinco años no hubiera alcanzado otro acuerdo extrajudicial de pagos o hubiera sido declarada en concurso.

También hay que tener en cuenta que no todas las deudas pueden ser exoneradas, estableciéndose dos excepciones en la Ley: los créditos de derecho público y los créditos por alimentos. Y que la exoneración de deudas podría ser revocada en específicas circunstancias.

La aplicación de esta Ley es seguro que por fin traerá una segunda oportunidad a personas naturales –autónomos y particulares- para rehacer su vida.

Nos tiene pues a su disposición para comentar esta oportunidad, valorar su aplicabilidad y considerar su solicitud.

  

PAJARES & ASOCIADOS ABOGADOS

Dña. Teresa Elía

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